Derechos Humanos y
Solidaridad Democrática Internacional

Prensa

20-03-2006

El tango de Cuba y Argentina contra los derechos humanos

Fuente: El Nuevo Herald (Estados Unidos)

KEZIA McKEAGUE
Especial para El Nuevo Herald

El rol de la Unión Soviética en la defensa de la dictadura militar argentina es bien conocido entre los expertos en derechos humanos, quienes notaron el desarrollo de una ``alianza non santa''.

Menos conocido es el apoyo que dio Cuba al gobierno militar para impedir que se considere el caso argentino en Naciones Unidas. Este documento, basado en un capítulo de un futuro libro sobre las relaciones argentino-cubanas, intenta cubrir esa brecha en base a información de entrevistas personales, material de archivo histórico de Argentina y fuentes secundarias.

Kezia McKeague es Licenciada en Ciencias Políticas e Idioma Español de Wake Forest University, en Carolina del Norte. Actualmente es investigadora asociada del Centro para la Apertura y el Desarrollo de América Latina (CADAL), con sede en Buenos Aires, Argentina.

Por razones de espacio y formato, hemos evitado para esta edición las múltiples referencias y anotaciones al margen que la autora mantiene en el texto original, concebido para una audiencia académica. El próximo domingo, al publicar la parte final, presentaremos un resumen de las mismas. Igualmente, algunas atribuciones han sido suprimidas siempre que no afectan la comprensión del estudio.

Dictaduras a dúo

Si bien sus relaciones no siempre fueron óptimas, Cuba y el último régimen militar argentino se acercaron en lo relativo a la sensible cuestión de los derechos humanos. Para la junta argentina, resultaba imperativo contrarrestar las críticas internacionales a la represión que siguió al golpe de estado en 1976. Este esfuerzo se centró en la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, donde el régimen anticomunista irónicamente halló respaldo diplomático entre sus adversarios ideológicos.

El rol de la Unión Soviética en la defensa Argentina es bien conocido entre los expertos en derechos humanos, quienes notaron el desarrollo de una alianza non santa''. Menos conocido es el apoyo que dio Cuba al gobierno militar para impedir que se considere el caso argentino en Naciones Unidas. Este documento intenta cubrir esa brecha en base a información de entrevistas personales, material de archivo histórico de Argentina y fuentes secundarias.

La primera parte brinda un contexto sobre los principales cuerpos y procedimientos de derechos humanos de la ONU. Las siguientes secciones detallan la naturaleza e importancia del apoyo cubano a lo largo del período del régimen militar. La conclusión analiza varios factores que contribuyeron a la cooperación cubana con Argentina, argumentando que resultó principalmente de una evaluación pragmática de los intereses nacionales.

Procedimiento de la ONU

El cuerpo secundario del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC), la Comisión de Derechos Humanos se ha reunido en forma anual en Ginebra desde 1946. Consiste en representantes estatales, elegidos por períodos de tres años según una fórmula diseñada para asegurar una distribución regional equitativa. Entre 1967 y 1980, sumaron 32; con la reforma de 1980, los miembros de la Comisión subieron a 43 estados.

Los estados en vías de desarrollo dominan la Comisión, aunque no forman un bloque unido, a diferencia de los grupos relativamente cohesionados del Oeste y el Este durante la Guerra Fría. La débil coalición de países no alineados frecuentemente defendía a sus miembros mientras aprobaba investigaciones contra otros, pero también se fragmentaba sobre cuestiones decisivas en sus diferentes regiones.

Según Howard Tolley, los delegados más partisanos, más allá de sus convicciones ideológicas, ``a su turno profesan indignación a las flagrantes violaciones a los derechos humanos de sus enemigos, y luego defienden a sus aliados quejándose de una aplicación selectiva, de doble moral, y de intervención política ilícita en cuestiones domésticas''.

Esta clase de cálculos políticos son en gran parte culpables del tratamiento dispar de las violaciones de derechos humanos que mencionan los críticos de la Comisión. De hecho, muchos miembros son en sí mismos serios violadores de los derechos humanos, con el interés oculto, no sólo de impedir acciones sobre sus propias situaciones internas sino también en aplicar las normas de derechos humanos ocasional y selectivamente para debilitar los mecanismos generales y obtener ventajas políticas sobre sus adversarios.

Esto quizás sea el resultado inevitable de un órgano intergubernamental cuyos delegados deben promover el interés nacional sobre los derechos humanos cuando entran en conflicto. De todas formas, unos pocos gobiernos han adoptado políticas más imparciales, y, si bien las coaliciones de votación cohesivas pueden bloquear resoluciones propuestas, el impulso de una iniciativa generalmente requiere de la cooperación de otros. El compromiso sincero con la oposición a los principios de los derechos humanos también puede generar conflictos, como lo ejemplificó el énfasis occidental sobre los derechos civiles y políticos y la prioridad dada a los derechos económicos y sociales por los estados menos desarrollados.

A diferencia de los representantes gubernamentales de la Comisión, los 26 miembros de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, el único cuerpo subsidiario de la Comisión, lo hacen por capacidad personal. Sin embargo, los críticos han sostenido que funcionan bajo presiones políticas similares en concordancia con, sino de hecho, bajo las instrucciones de sus gobiernos. La independencia de la Subcomisión está de hecho restringida, aunque en forma indirecta, por el procedimiento de elección, que se realiza en la Comisión por postulación de los gobiernos. Algunos países postulan regularmente a empleados de sus ministerios de relaciones exteriores, mientras que otros, como los estados del bloque del Este durante la Guerra Fría, rechazan abiertamente el principio de expertos independientes.

Las capacidades de aplicabilidad de la Comisión y la Subcomisión, que inicialmente se limitaban a sí mismas a la mera promoción de los derechos humanos, descansa en dos decisiones de la ECOSOC: la resolución 1235, de junio de 1967, y la resolución 1503, de mayo de 1970. La resolución 1235 autorizó tanto a la Comisión como a la Subcomisión a solicitar información sobre violaciones y a estudiar situaciones que demuestren un esquema de violaciones flagrantes. Este procedimiento es público y no utiliza comunicaciones confidenciales como evidencia. La resolución 1503, por su parte, preveía un procedimiento confidencial para revisar las comunicaciones mediante un proceso de monitoreo en dos etapas. Un grupo de trabajo de cinco miembros, designado por la Subcomisión con un miembro de los grupos africano, asiático, latinoamericano, europeo del este y europeo occidental, se reúne dos semanas antes de las sesiones de la Subcomisión en agosto para identificar los patrones consistentes de violaciones flagrantes y para referirse respecto de dichas situaciones a la Subcomisión en su totalidad. En sesiones privadas, la Subcomisión elige entonces las situaciones que serán referidas a la Comisión.

A su vez, la Comisión, puede mantener una situación bajo revisión, llevar a cabo una investigación en cooperación con el gobierno señalado o abandonar el procedimiento confidencial a favor del proceso público de la 1235.

Así, la resolución 1503 creó un sistema internacional de reclamos que permite que solicitantes individuales y organizaciones no gubernamentales condenen las violaciones de derechos humanos en cualquier país. Activistas occidentales inicialmente alabaron al nuevo mecanismo, aunque pronto se dieron cuenta que su naturaleza confidencial permitía que los gobiernos represivos escaparan al significativo escrutinio. En la práctica, regímenes como la junta militar argentina intentaron utilizar el lento y secreto procedimiento como escudo contra la censura pública. Aunque su preferencia natural era evitar una revisión en su totalidad, la segunda mejor opción era fingir cooperación con el proceso confidencial para frustrar cualquier debate público.

El caso argentino

La campaña masiva de desapariciones forzosas lanzada por la junta militar argentina atrajo la atención de las Naciones Unidas apenas unos meses después del golpe de marzo de 1976. En su sesión anual en agosto, la Subcomisión aprobó una resolución que mencionaba a Argentina y expresaba preocupación acerca de la situación de derechos humanos y la apremiante situación de los refugiados.

La resolución representaba un revés para el embajador argentino en Ginebra, Gabriel Martínez, que estaba decidido a impedir tanto la crítica pública como las investigaciones confidenciales, por más ineficiente que fuera el procedimiento 1503. Durante los siguientes dos años, la estrategia militar argentina, fielmente implementada por Martínez en Ginebra, sería negar la legitimidad de todas las presiones internacionales por los derechos humanos.

El objetivo de Martínez durante este período fue la Subcomisión debido a su posición en el primer nivel de la jerarquía de la ONU para la protección de los derechos humanos. No había ningún cubano en la Subcomisión en ese momento, pero el miembro soviético jugó un rol crucial como uno de los cinco miembros de la subcomisión dentro del grupo de trabajo responsable de rever las comunicaciones.

Para el año siguiente, arribaron a Ginebra cientos de comunicaciones sobre Argentina que fueron examinadas por el grupo de trabajo antes de la sesión de agosto de la Subcomisión. Allí, los miembros soviético, paquistaní y nicaragüense votaron a favor del gobierno argentino (a diferencia de los miembros de Estados Unidos y Ghana), impidiendo así cualquier acción sobre las comunicaciones por otro año.

Sin embargo, en 1978 el grupo de trabajo puso a Argentina en un listado preliminar de flagrantes violadores de los derechos humanos; los miembros soviético y paquistaní mantuvieron su voto a favor del régimen militar, mientras que Estados Unidos, Nigeria y Colombia votaron en contra. En la Subcomisión completa, Mario Amadeo, el nuevo miembro argentino de la Subcomisión elegido el marzo anterior, argumentó que su gobierno necesitaba de más tiempo para revisar todos los casos individuales contenidos en las comunicaciones. Con los votos decisivos de los miembros Soviéticos y los no alineados, la Subcomisión decidió no enviar el caso argentino a la Comisión.

Este triunfo de Martínez y Amadeo impidió cualquier investigación bajo el procedimiento 1503 por un año más, pero, en la próxima reunión de la Comisión en febrero de 1979, siete delegaciones occidentales presentaron públicamente el borrador de una resolución que pedía al Secretario General de la ONU que recolectara información sobre las desapariciones. Si bien Argentina todavía no era miembro de la Comisión, Martínez había cultivado contactos personales estrechos con los delegados no alineados y socialistas, que utilizó para bloquear la resolución occidental (entrevista, 15 de noviembre del 2005).

Con su apoyo, Martínez utilizó una típica estrategia para derrotar las resoluciones críticas: la introducción de una contrapropuesta acusando de violaciones a los opositores. Su enmienda a la resolución occidental que apuntaba a Estados Unidos, fue presentada por los delegados no alineados y, siguiendo las reglas de la ONU, fue sujeta a votación antes de la resolución real. Tensas negociaciones hicieron colapsar al comprometido texto, y, como resultado, la cuestión se pospuso un año más.

Como uno de los miembros más influyentes, aunque controvertido, de los países no alineados en la Comisión, Cuba jugó un rol importante en la defensa que el movimiento de no alineados hizo al régimen argentino. El gobierno cubano mantuvo una delegación activa desde que logró la membresía en la Comisión en 1976, mientras que su elección a la presidencia del movimiento de no alineados en 1979 elevó su perfil entre los países en desarrollo. Junto con las mejoradas relaciones con la Unión Soviética hacia fines de la década de 1970, esta posición de liderazgo también estableció a Cuba como agente de negociación entre el mundo desarrollado y el bloque socialista.

Para Martínez, Cuba también actuó como ''interlocutor'' entre la delegación argentina y las de Europa del Este (entrevista, 15 de noviembre del 2005). Cuando Martínez necesitaba pasar un mensaje a un país del bloque del Este, generalmente le pediría al embajador cubano que fuera su mensajero. Cuba también ayudó a convenir reuniones de los delegados no alineados en nombre de Argentina. Dichos favores reflejaron una relación entre los representantes cubanos y argentinos en Ginebra, que Martínez describe como ''óptima'' y ''extremadamente cercana''. Despreocupados por las diferencias ideológicas, el apoyo fue mutuo, según Martínez. ``Los cubanos siempre, siempre nos apoyaron, y nosotros los apoyamos a ellos''.

Este apoyo de Cuba y los otros países no alineados y socialistas en la Comisión resultó crucial en febrero de 1979. A pesar de su oposición ideológica a los objetivos no alineados, la junta militar se había mantenido en el movimiento para obtener el respaldo del grupo numéricamente importante en cuestiones como los derechos humanos y las Islas Malvinas. Su pragmatismo fue recompensado en 1979, como lo reconoció más tarde un informe del Ministerio de Relaciones Exteriores:

``La evolución de la participación argentina en el Movimiento demuestra que ha sido como consecuencia de una actividad diplomática positiva y fértil que la República pudo lograr los apoyos necesarios para un tratamiento decoroso del caso argentino en la Comisión de Derechos Humanos, como consecuencia de la decidida actuación en su favor de los miembros No Alineados de la Comisión. Ello se puso de manifiesto en el 35to. Período de Sesiones (febrero de 1979) poco tiempo después de la concurrencia del ministro de Relaciones Exteriores, Vicealmirante Oscar Antonio Montes, a la Conferencia de Cancilleres realizada en Belgrado en julio de 1978.

Cambio de estrategia

Una vez más Argentina evitaba una investigación sobre la situación de los derechos humanos, pero Martínez reconoció que la creciente presión internacional hacía que cada vez fuera más probable una condena al régimen militar. Por ende recomendó a la junta un cambio de 180 grados en la estrategia: cooperación con el procedimiento 1503 para evitar el debate público sobre las desapariciones. Como parecía inminente una acción sobre el caso argentino, Martínez explotó la regla de confidencialidad como defensa contra una condena pública más vergonzosa. Para hacerlo, le pidió a Amadeo que hiciera que Argentina pierda la votación en la sesión de la Subcomisión de 1979. A pedido de Amadeo, el miembro soviético del grupo de trabajo sobre comunicaciones revirtió su voto, enviando comunicaciones sobre Argentina a la Subcomisión completa, donde, a su vez, eran remitidas a la Comisión.

En los meses entre la decisión de la Subcomisión y la próxima sesión de la Comisión en febrero de 1980, varios cambios en el clima internacional afectaron las políticas cubanas y argentinas.

La sexta reunión de no alineados, llevada a cabo en La Habana en septiembre de 1979, ayudó a disipar una anterior controversia sobre el rol de Cuba en el movimiento, fortaleciendo sus reclamos de liderazgo del mundo en desarrollo. La invasión soviética de Afganistán en diciembre, sin embargo, tuvo un efecto opuesto.

El Nuevo Herald (Estados Unidos)
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