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18-12-2020

Derechos humanos y pandemia: una red tan frágil como imprescindible

Durante el conversatorio virtual convocado por CADAL en la víspera del Día Internacional de los Derechos Humanos, el Coordinador Residente de la ONU en Argentina, Roberto Valent, resaltó cómo “aunque ese sistema se ha visto sometido a una presión cada vez mayor, sigue demostrando su capacidad para funcionar en los contextos fuertemente antiderechos de buena parte del mundo”.
Por Amaury Miguel Valdivia Fernández

Derechos humanos y pandemia: una red tan frágil como imprescindible

“La crisis del Covid-19 ha evidenciado dos verdades: primero, que las violaciones de derechos humanos nos afectan a todas y todos; segundo, que los derechos humanos nos protegen a todas y todos”.

Esa frase del Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, sintetiza para Roberto Valent, Coordinador Residente de la ONU en Argentina, las razones por las que el sistema universal de los derechos humanos es hoy incluso más necesario que al momento de su creación.

Durante el conversatorio virtual convocado por CADAL en la víspera del Día Internacional de los Derechos Humanos, Valent resaltó cómo “aunque ese sistema se ha visto sometido a una presión cada vez mayor, sigue demostrando su capacidad para funcionar en los contextos fuertemente antiderechos de buena parte del mundo”.

Bajo un preocupante denominador común, los conflictos de las últimas décadas se han caracterizado por la violación sistemática de los derechos de las personas y el medio ambiente, por lo que la ‘reconstrucción pospandemia’ debería ser  la oportunidad para conciliar una agenda de desarrollo verdaderamente sostenible, “que garantice tanto el progreso económico como el acceso universal a servicios de calidad en la educación y salud”, consideró.

Moderado por el Director de Relaciones Institucionales de CADAL, Brian Schapira, el encuentro contó con la participación de prestigiosos expertos independientes. Entre ellos, Fabián Salvioli, Relator Especial para la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición de  la ONU, quien fue enfático en la necesidad de universalizar los principios de la Declaración, sin la menor tolerancia ante mediatizaciones: “Alguien que no esté dispuesto a garantizar los derechos humanos sin discriminación no debiera gestionar ningún Estado”.

IMPORTA BUSCAR TODA LA JUSTICIA

En 1985, bajo la condición de Estado de Sitio decretada por el entonces presidente Raúl Alfonsín, Argentina emprendió el que tal vez haya sido el proceso judicial más importante de su historia: el Juicio a las Juntas. “Fue un momento muy difícil, con lo que se llamaba el aparato represivo intacto”, subrayó Schapira, al recordar que este 9 de diciembre se cumplían 35 años del fallo que condenó a prisión a los cinco principales líderes de la dictadura militar.

La Causa 13/84 tuvo como base probatoria el informe Nunca más, compilado por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP). Sus 490 páginas daban cuenta del destino sufrido por alrededor de 30 mil argentinos, y recomendaban emprender acciones legales contra los responsables de aquellos hechos. Para el sistema multilateral de los derechos humanos fue un triunfo trascendente, que rebasó las fronteras de la nación sudamericana e incluso hoy constituye referencia.

Sobre todo en una realidad como la actual, “en que las desapariciones forzadas se hayan completamente extendidas, y se han convertido en un problema tan grave o más grave que en 1980”, reflexionó Luciano Hazan, representante por América Latina ante el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de las Naciones Unidas.

“Aunque el tema aparece en la agenda pública, rara vez produce autocríticas. Los países que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad utilizan los informes anuales para atacarse entre sí y en ninguno de los casos hacen reflexión sobre los problemas que tienen puertas adentro. En consecuencia, los reclamos de las sociedades se han concentrado en la búsqueda de las personas desaparecidas, y se ha generado una lógica que deja de lado la necesidad de poner fin a la impunidad”, lamentó.

La propia definición del concepto de “desapariciones forzadas” fue un proceso que demandó largas discusiones al momento de redactarse la convención correspondiente, observó Horacio Ravenna, vicepresidente del Comité Contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas. “La diversidad de criterios era tal que algunos Estados incluso ponían en duda la pertinencia del comité y lucharon para que no se creara.  Evidencia de esas tensiones fue la fórmula que al final se adoptó: que el acuerdo fuera sometido a revisión no antes de cuatro años ni después de seis. Era una solución buena, pues el que quería oponerse estaba obligado a ratificar la convención para luego poder decir ‘la verdad que falló’, pero condicionó la incorporación al texto de artículos como el número 35, que limita la aplicación de lo legislado a hechos ocurridos luego de la fecha de entrada en vigor en el territorio del Estado parte. Es una premisa en franca contradicción con el principio del delito continuado, que nos ha impedido investigar desapariciones contemporáneas o anteriores a la ratificación”.

Significativamente, solo 63 de los 98 Estados signatarios han ratificado la convención, y potencias como Estados Unidos, China y Rusia ni siquiera se cuentan en el grupo de los segundos. Para Schapira, la experiencia demuestra la “importancia de los procedimientos especiales temáticos, como el grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas, que permiten abordar los casos de países que no son parte de los tratados relativos a esas temáticas”.

A Tomás Ojea Quintana, Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en la República Popular Democrática de Corea, no le faltan argumentos para respaldarlo, vistas las críticas que siguen motivando los exámenes periódicos universales y las limitaciones a que deben ceñirse los órganos de tratado, como el comité contra la desaparición.

“Los procedimientos especiales surgieron por inspiración de los militantes de derechos humanos, que buscaban una suerte de contrapartida a los mecanismos de la ONU y los Estados, de ahí los llamados del Secretario General a colaborar con ellos”, detalló.

Entre 2008 y 2014, Ojea Quintana se desempeñó como Relator Especial para Myanmar. De esa labor regresó con la convicción de que es necesario “revisar el pasado” una vez terminan los paréntesis democráticos o los procesos de vulneración masiva de la Declaración Universal. Los juicios, las comisiones de la verdad, la justicia transicional o cualquier otro mecanismo similar son imprescindibles para plantear con claridad el mensaje de que no se tolerarán nuevas violaciones a los derechos humanos. “El caso de Myanmar lo demuestra. Allí, en 2010, hubo elecciones después de cuarenta años de dictadura, y a pesar de los llamados a que se revisara qué habían hecho los militares las nuevas autoridades se abstuvieron. Esa oportunidad perdida propició la agudización posterior de conflictos como el de los rohingyas”.

Ante la realidad de violencia sistémica en que viven muchas comunidades latinoamericanas o del Medio Oriente, los gobiernos pueden verse superados por la magnitud del problema, acotó a su vez Carmen Rosa Villa Quintana, experta del Comité contra la Desaparición Forzada. “Casos como el recientemente ocurrido en el estado mexicano de Sonora, donde una alcaldesa entregó palas a los familiares de desaparecidos para que ayudaran en la recuperación de restos plantean en toda su crudeza la necesidad de acciones coordinadas, no solo para la búsqueda de las víctimas, sino para poner fin a la impunidad y comenzar a pagar la enorme, enorme deuda, que tenemos con el pasado”.

A una de las preguntas de la audiencia, relativa a si en la actualidad pudiera resultar viable el modelo de amnistía implementado por Sudáfrica a la caída del Apartheid, Fabián Salvioli planteó que “no, pues no superaría un mínimo estándar de compensación. La reconciliación no implica la reconciliación de la víctima con su verdugo, implica la recuperación de confianza respecto al Estado y su capacidad para abandonar la función de máquina de matar”, sentenció. En la misma cuerda, Luciano Hazan expresó que las normas de las Naciones Unidas son “sabias en poner límites a ese tipo de situaciones, admitiendo la disminución de las penas, pero solo si antes los imputados colaboran en la aplicación de la reparación y justicia”.

Otra interrogante, que apuntó a las fórmulas que la ONU pudiera emplear para reconocer a los actores sociales de “países no democráticos” limitados en sus derechos a la libre asociación y la participación política, motivó un llamado de Tomás Ojea Quintana a revisar la interpretación que se hace de la Carta de las Naciones Unidas. “El principio de no ‘power to act’ –de no tener capacidad para actuar– con que algunos Estados intentan ampararse en su soberanía para ocultar violaciones serias de los derechos humanos, no puede aceptarse”, sentenció. Su acusación apuntó a gobiernos como los de Cuba, Venezuela, China o Arabia Saudita, que ponen énfasis en la promoción de los derechos sociales en detrimento de los políticos. La presencia de expertos independientes sobre el terreno sería un buen paso en el camino a la regularización de espacios de diálogo.

El punto es, que como él mismo reconociera durante su intervención inicial, poco puede hacerse sin la participación activa de las autoridades locales. Y estas, en tiempos de pandemia, no dudan en sacrificar el disenso a favor de la estabilidad social.

Amaury Miguel Valdivia Fernández
Amaury Miguel Valdivia Fernández
Licenciado en Periodismo por la Universidad Central Marta Abreu de Las Villas (2009). Máster en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de Camagüey Ignacio Agramonte Loynaz (2016). Reportero entre 2009 y 2018 del periódico estatal Adelante, en Cuba. Colaborador habitual con medios de prensa de Cuba, España, Suecia y Uruguay.
 
 
 

 
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