Comunicados
Promoción de la Apertura Política en Cuba
Reclamo de OSC a la Alta Comisionada de la ONU
El titular de CADAL firmó junto a otros directivos de OSC un pedido a la Alta Comisionada de la ONU, para que le reclame al gobierno cubano que le permita viajar a Néstor Rodríguez Lovaina, un activista de derechos humanos, para asistir a la 2ª Cumbre de Ginebra por los Derechos Humanos, la Tolerancia y la Democracia.
Llamado Urgente de las ONGs por el Defensor Cubano de los Derechos Humanos Néstor Rodríguez Lobaina, ex Prisionero de Conciencia de Amnesty International
Estimada Sra. Alta Comisionada,
La exhortamos a que intervenga con el gobierno cubano para desafiar la prohibición ilegal de viajar fuera del país que éste impuso al defensor de los derechos humanos Néstor Rodríguez Lobaina. El propósito de este viaje es dirigir una alocución este lunes a la 2ª Cumbre de Ginebra por los Derechos Humanos, la Tolerancia y la Democracia.
Como usted sabe, el Sr. Rodríguez Lobaina es el presidente del Movimiento Cubano de Jóvenes por la Democracia, y es uno de los disidentes más reconocidos de Cuba. Fue encarcelado por más de cinco años por los crímenes de “desacato”, “desorden público” y “daños”, y se volvió el centro de una campaña mundial de Amnesty International para liberarlo como prisionero de conciencia.
Los integrantes de la sociedad civil mundial que organizaron la Cumbre de Ginebra invitaron al Sr. Rodríguez Lobaina para participar como distinguido panelista en su conferencia. Para ello recibió acordemente los permisos necesarios del gobierno suizo. Sin embargo, el gobierno cubano se ha rehusado a otorgarle al Sr. Rodríguez Lobaina su permiso para salir del país, lo cual le impide participar de esta importante reunión de defensores de los derechos humanos.
Bajo el Artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”. El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantiza de forma similar que “Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio”. Este y otros derechos “no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto.” En su Observación General No. 27 (1999), el Comité de los Derechos Humanos de la ONU estableció que las restricciones sobre el derecho a viajar deben ser “previstas por la ley, deben ser necesarias en una sociedad democrática para proteger los fines mencionados y deben ser compatibles con todos los demás derechos reconocidos en el Pacto”. Las restricciones de Cuba en el presente caso no cumplen con ninguna de estas condiciones.
El Artículo 5c de la Declaración Sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, garantiza que “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional […] a comunicarse con las organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales.”
Las restricciones de desplazamiento como las que se impusieron al Sr. Rodríguez Lobaina impiden de forma injusta y arbitraria sus posibilidades, así como las de su organización, de dirigirse a foros internacionales sobre los problemas de derechos humanos en Cuba.
Por estas razones, la exhortamos a que intervenga con las autoridades cubanas para lograr que levanten estas restricciones contra el Sr. Rodríguez Lobaina inmediatamente. También la instamos a que demande a las autoridades cubanas que se aseguren en todas las circunstancias de que los defensores de los derechos humanos puedan llevar a cabo su trabajo sin impedimentos injustificados.
Solicitamos que usted y las Naciones Unidas puedan revertir esta decisión contraproducente que busca bloquear a un defensor de los derechos humanos en el ejercicio de su trabajo. Esperamos que esta prohibición de viajar se levante, de modo que el Sr. Rodríguez Lobaina pueda unirse a sus colegas disidentes este lunes en la Cumbre de Ginebra, y que posteriormente pueda viajar sin restricciones.
Le agradecemos su atención urgente a este asunto.
Sinceramente,
Paula Schriefer, Director of Advocacy, Freedom House
John Suarez, International Secretary, Directorio
Bart Woord, President, International Federation of Liberal Youth
Tashi Albertini, President, Associazione Ticino Tibet
Hillel Neuer, Executive Director, UN Watch
Maran Turner, Executive Director, Freedom Now
Nazanin Afshin-Jam, President and Co-Founder Stop Child Executions
Ahmad Batebi, Founder, Human Rights Activists in Iran
Gabriel Salvia, Presidente, CADAL
Llamado Urgente de las ONGs por el Defensor Cubano de los Derechos Humanos Néstor Rodríguez Lobaina, ex Prisionero de Conciencia de Amnesty International
Estimada Sra. Alta Comisionada,
La exhortamos a que intervenga con el gobierno cubano para desafiar la prohibición ilegal de viajar fuera del país que éste impuso al defensor de los derechos humanos Néstor Rodríguez Lobaina. El propósito de este viaje es dirigir una alocución este lunes a la 2ª Cumbre de Ginebra por los Derechos Humanos, la Tolerancia y la Democracia.
Como usted sabe, el Sr. Rodríguez Lobaina es el presidente del Movimiento Cubano de Jóvenes por la Democracia, y es uno de los disidentes más reconocidos de Cuba. Fue encarcelado por más de cinco años por los crímenes de “desacato”, “desorden público” y “daños”, y se volvió el centro de una campaña mundial de Amnesty International para liberarlo como prisionero de conciencia.
Los integrantes de la sociedad civil mundial que organizaron la Cumbre de Ginebra invitaron al Sr. Rodríguez Lobaina para participar como distinguido panelista en su conferencia. Para ello recibió acordemente los permisos necesarios del gobierno suizo. Sin embargo, el gobierno cubano se ha rehusado a otorgarle al Sr. Rodríguez Lobaina su permiso para salir del país, lo cual le impide participar de esta importante reunión de defensores de los derechos humanos.
Bajo el Artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”. El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantiza de forma similar que “Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio”. Este y otros derechos “no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto.” En su Observación General No. 27 (1999), el Comité de los Derechos Humanos de la ONU estableció que las restricciones sobre el derecho a viajar deben ser “previstas por la ley, deben ser necesarias en una sociedad democrática para proteger los fines mencionados y deben ser compatibles con todos los demás derechos reconocidos en el Pacto”. Las restricciones de Cuba en el presente caso no cumplen con ninguna de estas condiciones.
El Artículo 5c de la Declaración Sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, garantiza que “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional […] a comunicarse con las organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales.”
Las restricciones de desplazamiento como las que se impusieron al Sr. Rodríguez Lobaina impiden de forma injusta y arbitraria sus posibilidades, así como las de su organización, de dirigirse a foros internacionales sobre los problemas de derechos humanos en Cuba.
Por estas razones, la exhortamos a que intervenga con las autoridades cubanas para lograr que levanten estas restricciones contra el Sr. Rodríguez Lobaina inmediatamente. También la instamos a que demande a las autoridades cubanas que se aseguren en todas las circunstancias de que los defensores de los derechos humanos puedan llevar a cabo su trabajo sin impedimentos injustificados.
Solicitamos que usted y las Naciones Unidas puedan revertir esta decisión contraproducente que busca bloquear a un defensor de los derechos humanos en el ejercicio de su trabajo. Esperamos que esta prohibición de viajar se levante, de modo que el Sr. Rodríguez Lobaina pueda unirse a sus colegas disidentes este lunes en la Cumbre de Ginebra, y que posteriormente pueda viajar sin restricciones.
Le agradecemos su atención urgente a este asunto.
Sinceramente,
Paula Schriefer, Director of Advocacy, Freedom House
John Suarez, International Secretary, Directorio
Bart Woord, President, International Federation of Liberal Youth
Tashi Albertini, President, Associazione Ticino Tibet
Hillel Neuer, Executive Director, UN Watch
Maran Turner, Executive Director, Freedom Now
Nazanin Afshin-Jam, President and Co-Founder Stop Child Executions
Ahmad Batebi, Founder, Human Rights Activists in Iran
Gabriel Salvia, Presidente, CADAL