Derechos Humanos y
Solidaridad Democrática Internacional

Comunicados

Defensa y promoción de la institucionalidad democrática en la Argentina

22-01-2021

Pedido de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Las organizaciones de la sociedad civil BASES REPUBLICANAS y CADAL presentaron ante la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) un pedido de medidas cautelares en favor de ciudadanos residentes en la provincia de Formosa que son víctimas de múltiples violaciones a sus derechos humanos. Estas violaciones son provocadas por las medidas de aislamiento obligatorio en centros estatales de inaceptables e indignas condiciones de salubridad, edilicias y maltrato y las que afectan el normal reingreso a la provincia de residentes que se encuentran fuera de ella.

Bases Republicanas - CADALLas organizaciones de la sociedad civil BASES REPUBLICANAS y CADAL presentaron ante la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) un pedido de medidas cautelares en favor de ciudadanos residentes en la provincia de Formosa que son víctimas de múltiples violaciones a sus derechos humanos. Estas violaciones son provocadas por las medidas de aislamiento obligatorio en centros estatales de inaceptables e indignas condiciones de salubridad, edilicias y maltrato y las que afectan el normal reingreso a la provincia de residentes que se encuentran fuera de ella.

Las medidas se solicitan en beneficio del grupo de personas que en el marco del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado impuesto por el Gobernador Gildo Insfrán se encuentran cumpliendo la cuarentena obligatoria con serios riesgos para su salud y sufriendo maltratos, y del colectivo de personas que se encuentran imposibilitadas de reingresar al territorio provincial en tanto su ingreso implica someterse a un régimen de aislamiento que vulnera sus derechos fundamentales.

En la presentación se sostiene que “las restricciones y prohibiciones establecidas por el Gobierno Provincial y la aplicación que de aquellas medidas viene haciéndose por los funcionarios públicos resultan, en este contexto, arbitrarias e irrazonables. Es más, a lo largo de estos más de nueve meses han afectado efectivamente, o puesto permanentemente en potencial peligro, los bienes jurídicos protegidos por el derecho a la vida, a la salud, a la dignidad, a la intimidad, a la libre circulación, al trabajo y/o a la propiedad de muchos ciudadanos”.

Personas varadas en FormosaEn cuanto a las condiciones que deben soportar las personas afectadas se refiere que “se encuentran alojadas en lugares que no están preparados para el alojamiento de personas, sin condiciones de higiene y en instalaciones precarias, configurando un cuadro de situación que pone en peligro su vida y su integridad personal, como así también de las miles de personas que aguardan el ingreso a la Provincia de Formosa”.

En el escrito también se hace mención al incumplimiento por parte de Formosa de numerosos fallos judiciales entre los que se destaca uno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (“Lee, Carlos Roberto y otro c/ Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19 Provincia de Formosa s/ amparo – amparo colectivo”) en el cual se ordenó “a la provincia de Formosa que arbitre los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles a partir de la fecha de la resolución, ajustando el programa a pautas constitucionales”.

Ante esta gravísima situación, Bases Republicanas y CADAL solicitaron a la CIDH que dicte una medida cautelar que obligue al Estado Argentino y a la provincia de Formosa a cumplir con los estándares de derechos humanos previstos en el ordenamiento interamericano y exigiéndose que se garantice “que el período de cuarentena obligatoria se cumpla en los domicilios particulares de las personas que ingresan a la Provincia, o en los domicilios particulares en los cuales residen quienes se encuentran en el territorio provincial, o en lugares específicamente acondicionados para el alojamiento de personas, que cuenten con toda la infraestructura necesaria, en condiciones de seguridad y salubridad”. Asimismo, se solicita que se garantice que “se priorice el derecho a la reunificación familiar y el resguardo de los derechos del niño, de las mujeres, de los ancianos y de las personas enfermas” y que “el período de cuarentena obligatoria no exceda los 14 días corridos”.

 

 

 
 
 

 
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